Ya es Navidad y con ella de la mano, vuelven las funciones de los peques, cenas y comidas de empresa, los regalos, Papá Noel, Los Reyes Magos…
En este post queremos resolver algunas dudas y ofrecer consejos para cumplir con la protección de datos en Navidad.
Felicitaciones de Navidad
Una de las principales dudas es si al mandar felicitaciones de Navidad estamos incumpliendo la ley de protección de datos. En este respecto cabe diferenciar entre las felicitaciones personales de las corporativas.
En el caso de las comunicaciones corporativas deberán cumplir con los requisitos que marcan las leyes; si además se realiza algún tipo de oferta o publicidad, se deberá cumplir con las obligaciones que marca la legislación para este tipo de comunicaciones comerciales.
Regalos de suscripciones:
Es muy común en estos tiempos regalar algún tipo de suscripción en un plataforma audiovisual por un tiempo determinado, entradas para un espectáculo o una experiencia de aventura.
En ocasiones, este tipo de compras requiere facilitar los datos personales.
Como norma general, hay que tener en cuenta que este tipo de regalos pueden implicar que se lleve a cabo un tratamiento de los datos de la persona a la que se le va a regalar el servicio o suscripción por lo que, si esto es así, el obsequiante asume una serie de responsabilidades. En estos casos se aconseja tomar una serie de precauciones como, por ejemplo, buscar opciones que no traten datos; evitar servicios que efectúen tratamientos agresivos de datos; elegir opciones que permitan darse de baja de dicho servicio si el obsequiado así lo desea, y asegurarse de que el contenido del regalo no hiere sensibilidades. En definitiva: comprar con sentido común.
Actuaciones navideñas de los niños:
Es típico que en el colegio de nuestros hijos se realicen actuaciones navideñas y los padres orgullosos quieran inmortalizar un momento tan mágico y entrañable.
No existe ningún problema en tomar estas imágenes siempre y cuando se realice un uso personal y privado de las mismas. Si se difunden fuera de este ámbito familiar o de amistad como en redes sociales o páginas de Internet de acceso público, se podrían estar vulnerando los derechos de otros niños que aparecen, ya que para publicarlas se necesita el consentimiento de sus padres y tutores o de los propios menores si tienen más de 14 años.
Cenas y comidas de empresa:
Igualmente las cenas de empresa o amigos es un momento en el que la cámara de fotos capta varias instantáneas y videos que, en muchas ocasiones, se publican en las diferentes redes sociales y que son compartidas por todos los allí presentes. Piensa que lo que hoy puede resultar divertido en un momento de ocio, si se comparte públicamente, puede que nos afecte negativamente en un futuro o de cara a la reputación en la empresa. Por ello, cuida el contenido que se comparte de manera pública.
Si eres el autor de la imagen, recuerda que necesitas el permiso de las personas que aparecen para subirlas a Internet y que si lo haces sin ese consentimiento podrías estar cometiendo una infracción que, incluso, y dependiendo de las circunstancias, podría llegar a ser delito.
Cartas a los Reyes Magos y Papá Noel:
Respecto a las cartas dirigidas a sus majestades los Reyes Magos de Oriente y Papá Noel, según la Agencia Estatal de Protección de Datos de Oriente y Laponia, los niños y niñas podrán seguir enviando, en cualquier caso, sus cartas sin preocuparse por la normativa de protección de datos.