Las redes sociales han supuesto una verdadera revolución en la forma de comunicarnos. A lo largo de este post vamos a hablar cómo les afecta la Protección de datos.



En las redes sociales podemos encontrar una gran cantidad de actividades con impacto directo en las personas y en la sociedad.
Como apuntábamos, las redes sociales deben tener en cuenta un gran acervo normativo relacionado directamente con la protección de datos de sus usuarios, que deben aplicar a la hora de desarrollar sus diferentes actividades
Una de las principales áreas normativas a tener en cuenta es la de protección de datos personales.
Actualmente, en España, dicha normativa se contiene fundamentalmente en dos normas: el Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (conocido comúnmente como RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (conocida como LOPDGDD).
En este sentido, es importante tener claro que, según el RGPD, un dato personal es “toda información sobre una persona física identificada o identificable”. Es decir, se considera datos personales desde las fotografías subidas en las cuentas y perfiles y en las que aparecen personas, el propio nombre de los perfiles, así como datos sobre la vida de los usuarios como, por ejemplo, sobre gustos, intereses u opiniones, su lugar de residencia o sus relaciones con terceros, entre otros.
Los datos de carácter personal cedidos al generar un perfil o cuenta en una red social han de tratarse de acuerdo a la Ley. Esto ha motivado que las redes sociales a las que cada día accedemos, hayan endurecido sus estándares de privacidad para adaptarse a la normativa vigente en protección de datos.
No debemos olvidar que, cuando creamos un perfil o una cuenta en las redes sociales estamos cediendo datos de carácter personal. Estas informaciones las empresas las deben tratar de acuerdo con la Ley de Protección de Datos.
La mayoría de los usuarios no son conscientes de la cantidad de datos que se entregan con la generación de un perfil en cualquiera de las redes sociales que hoy conocemos, o durante la interacción en las mismas.
Es cierto que el usuario debe consentir una serie de permisos de privacidad del perfil y condiciones de uso, que en la mayoría de las ocasiones realizan a la ligera, sin tener en cuenta sus posibles y futuras consecuencias.
En este sentido, las redes sociales no deben limitar sus esfuerzos destinados a la protección de datos. Deben involucrarse de manera efectiva para conseguir que los usuarios dispongan de un mayor conocimiento sobre los usos de la información personal y los riesgos que estos presentan al interactuar en las redes sociales.
Como podemos observar, los usuarios juegan un papel muy activo en lo que a comunicación e interacción se refiere. Todos utilizamos estos canales de comunicación casi a diario ya sea por trabajo o por ocio. Aunque somos conscientes de las ventajas que aporta, también entraña sus riesgos, que debemos siempre tener en cuenta.
Como usuarios de redes sociales podemos hacerlo de dos formas a título personal o de forma profesional, siempre teniendo en cuenta el nivel de privacidad.
En relación al primero de los usos, hemos de configurar la cuenta de forma que sólo los contactos de la misma puedan ver los contenidos. Tampoco debemos añadir a desconocidos para evitar así el curioseo que ello propicia.
En cuanto al uso profesional de la cuenta, es importante darse a conocer al máximo evitando siempre publicar contenidos y fotos personales. Las cuentas profesionales deben ser responsables de los contenidos, en particular cuando atañe a terceras personas.